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Seguros Monterrey New York Life
 
    
 
   
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Acerca de cambios:
 
• ¿Cuál es el plazo máximo para Rehabilitar una póliza?

Depende del plan que tengas contratado.
Planes Realiza, Imagina Ser y Objetivo Vida:
Únicamente se podrán rehabilitar pólizas con un periodo al descubierto no mayor a dos años y que hayan sido canceladas por nivel mínimo de fondo.
Plan Temporal a 1 año:
Pólizas canceladas por falta de pago: en cualquier momento,  siempre y cuando se solicite dentro de la vigencia inicial de la póliza.
Gastos Médicos Mayores:
- Pólizas de primer año –iniciales–; sólo se permite una rehabilitación, dentro de los 60 días posteriores a la fecha de vencimiento del recibo no pagado.
- Pólizas a partir de su segundo año –renovación–; se permiten hasta 2 rehabilitaciones, dentro de los 120 días posteriores a la fecha de vencimiento del recibo no pagado.
Otros planes:
- Pólizas iniciales sin pago de primas: dentro de los 60 días posteriores a la emisión.
- Pólizas canceladas por falta de pago de primas: 2 años contados a partir de su primer vencimiento al descubierto.
- Pólizas en vigor prorrogado: en cualquier momento.
- Pólizas canceladas por vencimiento de prorrogado: 2 años contados a partir de la primera prima no pagada.

En cualquier caso, la rehabilitación estará sujeta a las condiciones generales y a las políticas de suscripción y selección de riesgos de Seguros Monterrey New York Life.

 
• Para emitir un plan Imagina Ser Deducible ¿es necesario entregar copia del RFC?

Si en la solicitud inicial ya se anoto el RFC completo, no es necesario entregar copia de éste.

 
• ¿Qué documentos son válidos como identificación oficial?

Para el caso de personas físicas mexicanas son válidos cualquiera de los siguientes, siempre y cuando estén vigentes al momento de presentarlos a la Compañía:
- Credencial para votar (IFE).
- Pasaporte.
- Cédula profesional.
- Cartilla del servicio militar nacional.
- Tarjeta única de identidad militar.
- Tarjeta de afiliación al Instituto Nacional de Personas Adultas Mayores.
- Credencial y cartilla de salud expedidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Credenciales de instituciones públicas de educación media superior y superior.
- Licencia de conducir.
- Certificado de matrícula consular.
- Cualquier otro que sea expedido por autoridad competente para obtener recursos o apoyos de programas federales, estatales o municipales.

Para el caso de personas físicas extranjeras son válidos como identificación personal:
- Pasaporte y/o documento que acredite su legal estancia en el país.
- En defecto del anterior documento, cualquier documento equivalente a los señalados como identificación personal para las personas físicas mexicanas.

 
• ¿Qué documentos son válidos como comprobante de domicilio?

- Comprobante de predial, luz, agua, gas natural, telefonía fija o móvil.
- Estados de Cuenta emitidos por instituciones reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).
- Formato de alta en el Registro Federal de Contribuyentes o cambio de situación fiscal en donde conste el domicilio fiscal.
- Cédula de identificación fiscal completa en donde conste el domicilio fiscal.

La fecha de expedición de los mismos deberá ser menor a 3 meses de su presentación. Lo anterior con excepción de la cédula de identificación fiscal.

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